Programa de Pago de Cuidadores de Personas con Discapacidad: Todo lo que Necesitas Saber

Información proporcionada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia

Última actualización: 22 de abril de 2024

Descripción del programa

El Programa de Pago de Cuidadores de Personas con Discapacidad es una ayuda monetaria que el Estado entrega a cuidadores de personas con dependencia severa. Este estipendio mensual, que no es imponible ni constituye renta, permite a los cuidadores acceder a un beneficio sin que este interfiera con otros apoyos económicos que puedan recibir del Estado.

El programa otorga un pago máximo de $32,991 mensuales a quienes cuidan de personas con dependencia severa. El proceso de postulación es gestionado por el servicio de salud correspondiente al domicilio de la persona dependiente, y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia se encarga de aprobar el beneficio, mientras que el Instituto de Previsión Social (IPS) realiza el pago mediante depósito bancario. .

Detalles del programa

El programa sigue una regla de preferencia para determinar el orden de los pagos. Los criterios son los siguientes:

  1. Severidad de la dependencia : La dependencia se mide a través del Índice de Barthel.
  2. Antigüedad en la postulación : Se priorizan las postulaciones más antiguas.
  3. Clasificación socioeconómica : Se utiliza el Registro Social de Hogares para determinar la situación económica del beneficiario.

Nota importante : En el caso de niños menores de siete años, donde no es posible aplicar el Índice de Barthel, se solicita una certificación médica que asigne un puntaje equivalente.

Además, el monto del beneficio se reajusta anualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), siempre que exista disponibilidad presupuestaria en la Ley de Presupuestos del Sector Público.

Un cuidador puede recibir hasta tres estipendios si cuida de familiares con los que tiene parentesco, y hasta dos estipendios si no existe relación de parentesco.

¿A Quién Está Dirigido el Beneficio?

Para que una persona pueda acceder a este estipendio, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • La persona con dependencia (o «causante») debe estar inscrita en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa, a través del establecimiento de atención primaria de su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, etc.).
  • El cuidador no debe recibir remuneración por su trabajo.
  • La persona dependiente no debe estar institucionalizada en un centro de larga estadía para adultos mayores ni en ninguna otra institución similar.

¿Qué Se Necesita para Realizar el Trámite?

No se requiere ningún documento adicional. La postulación es realizada directamente por el equipo médico de los centros de atención primaria.

Costo del Trámite

El trámite es gratuito.

Vigencia del Beneficio

El estipendio se empieza a recibir en el mismo mes de su concesión y se mantendrá mientras se cumplan los requisitos y exista presupuesto disponible en la Ley de Presupuestos del Sector Público de cada año.


Este esquema permite que los lectores tengan toda la información importante de manera clara y accesible. Puedes compartirr este artículo en tus Redes Sociales para que las cuidadoras y las personas interesadas conozcan más sobre el programa y cómo beneficiarse de él.

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